+34 93 218 40 00 info@gimenez-salinas.es

Acude al despacho un cliente con una deuda de 45.000€.  El cliente padecía una ludopatía severa. Lo había perdido todo excepto las deudas.

Tras analizar las posibilidades y comprobar que cumplía con los requisitos legalmente establecidos para la interposición del concurso de persona física así como los que se exigen para la solicitud de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (2ª oportunidad) y que la insolvencia lo era de buena fe, solicitamos un certificado médico acreditativo de su dolencia así como un certificado de que se había sometido a un tratamiento para la rehabilitación de la patología.

A continuación, solicitamos el concurso sin masa que concluyó con la exoneración total del pasivo insatisfecho al no existir créditos no exonerables.

Escríbenos un email

Politica de privacidad