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La incorporación de herramientas de inteligencia artificial generativa al ejercicio de la abogacía constituye ya una realidad consolidada. Su empleo en la redacción de escritos, el análisis jurisprudencial o la preparación de estrategias procesales permite alcanzar cotas de eficiencia inéditas. Sin embargo, este avance tecnológico plantea, de forma paralela, relevantes riesgos jurídicos cuando su utilización se produce de manera acrítica o sin los debidos controles.

En particular, la progresiva aparición de resoluciones judiciales que examinan errores derivados del uso de IA, como la inclusión de citas jurisprudenciales inexistentes o la construcción de argumentaciones defectuosa, obliga a delimitar con precisión el marco de responsabilidad del abogado en este nuevo entorno tecnológico.

Responsabilidad del abogado y deber de diligencia profesional

El uso de herramientas de IA no altera ni atenúa el régimen de responsabilidad del abogado. La elaboración y presentación de escritos procesales sigue sujeta a los deberes deontológicos y a las reglas de la buena fe procesal. El profesional es el garante último de la calidad, veracidad y corrección jurídica de los documentos que presenta.

Así lo ha subrayado el Tribunal Constitucional en su Acuerdo de la Sala Primera de septiembre de 2024, al analizar un supuesto en el que una demanda de amparo contenía numerosas citas entrecomilladas de sentencias inexistentes.

En esta misma línea, el reciente Auto del TSJ de Navarra de 5 de marzo de 2026, advierte de que la inclusión de citas jurisprudenciales «inventadas» puede constituir una falta de respeto al órgano judicial y una vulneración de la buena fe procesal, sancionable conforme al artículo 247.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que prevé la imposición de multas de hasta seis mil euros.

Perspectiva comparada y riesgos tecnológicos

En el ámbito comparado, resulta especialmente relevante la sentencia del Tribunal Superior de Londres (Case Nos: AC-2024-LON-003062 & CL-2024-000435), que establece un estándar reforzado de responsabilidad profesional, exigiendo la verificación rigurosa de las fuentes y la prohibición de inducir a error al tribunal.

Este planteamiento encuentra un sólido respaldo empírico en el estudio Large Legal Fictions (Matthew Dahl et al., 2024), que pone de manifiesto la elevada incidencia de las denominadas «alucinaciones jurídicas», con tasas que oscilan entre el 69 % y el 88 %.

En el mismo sentido, el denominado «caso Avianca» (Mata v. Avianca, Inc., 1:22-cv-01461 S.D.N.Y.), evidenció las consecuencias prácticas de un uso negligente de la inteligencia artificial, al imponerse una sanción de 5.000 dólares a unos abogados por citar jurisprudencia ficticia generada mediante ChatGPT.

El principio de control humano

En el ámbito nacional, adquiere especial relevancia la Instrucción 2/2026, aprobada por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, relativa a la utilización de sistemas de inteligencia artificial en la actividad jurisdiccional. Este instrumento establece criterios claros, subrayando que dichos sistemas solo pueden emplearse como herramientas de apoyo y nunca como sustitutos del juicio humano.

En el mismo sentido, el Consejo de la Abogacía Europea (CCBE) destaca igualmente la supervisión humana como condición indispensable para preservar las garantías propias del Estado de Derecho.

Pérdida de credibilidad procesal e impacto en las costas

Más allá de las eventuales responsabilidades disciplinarias, el uso negligente de la inteligencia artificial puede afectar directamente a la credibilidad procesal del abogado y, por extensión, a la posición de su cliente en el procedimiento.

La incorporación de citas inexistentes o de argumentaciones jurídicamente incorrectas debilita la solidez de la defensa y puede generar desconfianza en el órgano judicial respecto del conjunto del escrito.

Conclusiones:

El uso de herramientas de inteligencia artificial en la abogacía es legítimo y, en muchos casos, altamente útil. Sin embargo, su utilización no exime al abogado de sus deberes profesionales ni atenúa su responsabilidad jurídica.

La clave no reside en prescindir de la inteligencia artificial, sino en integrarla de forma crítica, responsable y bajo una supervisión humana efectiva. En última instancia, el abogado sigue siendo el garante último de la calidad, veracidad y corrección jurídica de los escritos que presenta ante los tribunales.

El presente artículo es meramente divulgativo y no supone asesoramiento. Para más información o asesoramiento pueden contactar a través del siguiente correo: info@gimenez-salinas.es

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