Abogados especialistas en resolución
de conflictos en sectores regulados
Especialistas en la resolución de conflictos en sectores regulados
Los conflictos que se dan en los sectores regulados son complejos porque, además de requerir conocimientos sobre la regulación sectorial, normalmente hay que combinarlo con conocimientos técnicos del propio sector y conocer también sus prácticas habituales.
Entendemos por sectores regulados el sector de la energía, telecomunicaciones, bancario, asegurador, alimentario, farmacéutico, sanitario y alguno otro.
En estos sectores regulados, los contratos entre empresas o con sus clientes se ven condicionados por la normativa, que además suele sufrir bastantes cambios en función de los cambios de gobierno y los vaivenes políticos. Además, en todos ellos existe un órgano regulador o supervisor que tiene facultades sancionadoras.
«Desde 1941 expertos en asesoramiento legal en materia de
gestión y resolución de conflictos en sectores regulados.»
EXPERIENCIA JURÍDICA
Más de 78 años de experiencia en el asesoramiento y defensa legal de empresas, particulares y colectivos acredita el recorrido jurídico de Giménez-Salinas. Una experiencia y bagaje que aplicamos a todos nuestros casos.
MULTIDISCIPLINAR
A lo largo de nuestra experiencia profesional, hemos gestionado cientos de conflictos de muy diversos sectores y áreas del derecho. Contamos con un equipo de abogados, altamente cualificado y multidisciplinar.
TRATO PERSONALIZADO
Una de las características que nos define es la de ofrecer a nuestros clientes un trato humano y cercano, de forma que los clientes tienen un conocimiento, contacto y relación directa con los abogados que llevan sus asuntos.
CONFLICTOS HABITUALES EN SECTORES REGULADOS
A continuación describimos los conflictos en sectores regulados más habituales con los que nos podemos encontrar.
CONFLICTOS ENTRE LA EMPRESA Y SUS CLIENTES
El cliente de estas empresas puede ser un consumidor, en cuyo caso además de la normativa sectorial aplicable, se verá afectada por la normativa de consumo. El conflicto puede tener su origen en productos o servicios defectuosos, que pueden ocasionar daños y perjuicios. Pueden ser daños a gran escala que den origen a conflictos colectivos. Además de las posibles indemnizaciones, hay que tener muy en cuenta el daño reputacional.
CONFLICTOS CON OTROS COMPETIDORES
En estos sectores pueden y suelen surgir prácticas anticompetitivas, actos de competencia desleal, actuaciones concertadas o restrictivas de la competencia, etc. Son conflictos que surgen en el marco jurídico de la normativa de competencia. Cuando hablamos de un daño ocasionado al mercado en general, nos situamos en el marco regulador de la Ley de Defensa de la Competencia, y normalmente actuarán los órganos administrativos como la CNMC a través de un procedimiento sancionador. Cuando se trata de daños a empresas o consumidores concretos, nos situamos en el marco regulador de la Ley de Competencia Desleal, y acudiremos a los Juzgados Mercantiles.
CONFLICTOS CON EL ORGANISMO REGULADOR
Al tratarse de sectores regulados, las empresas están sometidas a una normativa sectorial que regula la actividad. El incumplimiento de esta normativa puede dar origen a procedimientos de inspección, o sancionadores, por parte del organismo regulador, bien sea el Banco de España, la Dirección General de Seguros, la CNMV, la CNMC, o los órganos competentes en Sanidad, Consumo, etc. En estos casos, asesoramos a las empresas tanto de forma preventiva como litigiosa, en procedimientos administrativos y judiciales.
CONFLICTOS CON PROVEEDORES
En los sectores regulados suele haber distintos niveles de empresas, como por ejemplo los fabricantes, los distribuidores, y los comercializadores. Todos ellos tienen su regulación específica. Los conflictos entre estas empresas dentro del mismo sector suelen tener su origen en incumplimiento de los contratos. Los daños y perjuicios derivados de estos incumplimientos pueden ser muy elevados por el denominado lucro cesante, o beneficio dejado de obtener.
¿TIENES CONFLICTOS EN SECTORES REGULADOS?
HERRAMIENTAS PARA GESTIONAR CONFLICTOS EN SECTORES REGULADOS
DENUNCIAS DE CONSUMIDORES ANTE EL ORGANISMO REGULADOR
Es un mecanismo propio de los sectores regulados. Al estar regulada por normativa administrativa su relación con sus clientes consumidores, cualquier incumplimiento contractual es a su vez un incumplimiento de una norma administrativa. Por lo tanto, cabe su denuncia ante el organismo regulador por la vía del procedimiento administrativo. Este procedimiento tiene la ventaja para el consumidor de ser gratuito y no correr ningún riesgo de ser condenado en costas, como el procedimiento civil.
DENUNCIAS DE COMPETIDORES O PROVEEDORES ANTE EL ORGANISMO REGULADOR
En los sectores regulados la competencia dentro del sector, incluso las relaciones verticales, esto es, con proveedores o resto de intervinientes en la cadena de suministro, están también regulados por normativa administrativa. Los incumplimientos entre empresas son también infracciones normativas y por tanto se pueden perseguir a través de un procedimiento administrativo.
PROCEDIMIENTOS JUDICIALES DE RECLAMACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS
Cuando de lo que se trata es de reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios derivados de un incumplimiento contractual o normativo, en general la vía adecuada es la jurisdicción civil o mercantil. Existen diversas herramientas como las diligencias preliminares, las medidas cautelares o las medidas para el aseguramiento de pruebas, que pueden ser la clave para luego iniciar una demanda con éxito.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ANTE EL ORGANISMO REGULADOR
El organismo regulador puede iniciar de oficio, sin necesidad de ninguna denuncia de un tercero, un procedimiento de inspección o sancionador contra las empresas del sector. Los motivos pueden ser desde el incumplimiento de la normativa reguladora de la actividad, hasta cuestiones de competencia como por ejemplo la existencia de acuerdos restrictivos o colusorios. En estos casos, se iniciará un procedimiento administrativo en el que la empresa deberá comparecer lo antes posible y colaborar con los órganos administrativos, pero conservando todas las garantías jurídicas que le asisten.
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