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Nuestro cliente ostentaba un 8% del capital social de una empresa industrial importante, cuyo accionista principal era un grupo multinacional que controlaba la mayoría del capital y el órgano de administración. Empezaron a surgir diferencias de criterio entre el grupo internacional y nuestro cliente.

Iniciamos contactos para que el accionista principal comprara las acciones de nuestro cliente a un precio razonable. Sin embargo, la reacción de aquél fue, tras ofrecer una cuantía a la baja que fue rechazada, convocar una junta extraordinaria para acordar un aumento de capital de varios millones de Euros, que provocaría la dilución de nuestro cliente como accionista, dejándole con apenas un 1% del capital.

Solicitamos el nombramiento de un auditor al Registro Mercantil, y elaboramos un informe jurídico-económico rebatiendo el informe de los administradores sobre la necesidad del aumento de capital.

Tras dos intentos fallidos de convocar la junta, se celebró finalmente y se acordó el aumento de capital, con nuestra oposición y advertencia de impugnación judicial en caso de llevarse a cabo la ejecución del aumento.

Tras la junta se retomaron las negociaciones, y finalmente se llegó a un acuerdo transaccional, evitando la ejecución del aumento de capital y una posible impugnación judicial del mismo.

El aumento de capital es una operación financiera que tiene el objetivo de aumentar los fondos propios de la empresa y poder acometer nuevas inversiones o fortalecer el balance de la compañía. Por eso, ha de estar debidamente justificado y razonado por un informe detallado del órgano de administración.

No obstante, si el único objetivo del acuerdo de aumento de capital es el de proceder a diluir a un socio minoritario, dicho acuerdo societario puede ser impugnado por abusivo de la minoría, y llegar a obtener una declaración de nulidad del mismo.

La motivación de muchas de estas actuaciones es conseguir dejar al socio conflictivo por debajo de un 5% del capital social, dado que implica recortarle algunos derechos importantes, como la posibilidad de convocar juntas extraordinarias, o de solicitar el nombramiento de auditor por el Registro Mercantil.

En este caso, al habernos anticipado y solicitar el nombramiento de auditor, el accionista mayoritario corría el riesgo de que el auditor independiente corroborara nuestros argumentos en contra de la necesidad del aumento de capital, lo que hubiera apoyado una eventual impugnación del mismo.

Asimismo, pudimos recabar suficiente prueba de que el accionista mayoritario tenía intención de financiar al resto de accionistas minoritarios para que pudieran acudir al aumento y evitar su dilución, hecho que acababa de acreditar la finalidad abusiva del aumento.

De esta manera, tras una primera reacción de exhibición de fuerza por parte del mayoritario, éste acabó reconsiderando su postura y calibró adecuadamente los riesgos, llegando a la conclusión de que era mucho más práctico mejorar la oferta de compra de la participación al minoritario, que someter a la empresa a una incertidumbre a raíz de una impugnación judicial del aumento.

Versión en PDF: Intento de dilución del minoritario mediante aumento de capital en abuso de mayoría

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