Hay dos clases de crisis empresarial: la que es puntual o reversible, y la que es estructural y no es reversible. El empresario que atraviesa una situación de crisis en la empresa tiene que ser realista y saber a qué clase de crisis se encuentra. Porque dependiendo de ello la solución será muy distinta. Una crisis puntual se puede resolver con ayuda de terceros (mejorar la financiación, obtener nueva financiación, reducir la deuda, mejorar los cobros, control de gastos, etc). Una crisis estructural, en cambio, requiere tomar la decisión más difícil para todo empresario, que es poner punto final a la empresa.
El concurso de acreedores es una herramienta que puede servir para los dos fines. Es decir, si la decisión es mantener la actividad empresarial, el concurso de acreedores permitirá a la empresa, alcanzar acuerdos de refinanciación, vender la unidad productiva, forzar a acuerdos a determinados acreedores, suspender el devengo de intereses de sus deudas, evitar las ejecuciones contra su patrimonio, o resolver determinados contratos. Y también, si la decisión es el cierre definitivo, el concurso de acreedores permitirá una liquidación ordenada del activo para pagar a los acreedores según el orden que la Ley establece, y evitar que los administradores de la empresa sean declarados culpables y por tanto responsables de las deudas con su patrimonio privativo.
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¿Qué debes saber del concurso de acreedores?
Ventajas que ofrece para la empresa: El concurso es un procedimiento judicial en el que, bajo la supervisión de un administrador concursal y del Juez, la empresa podrá alcanzar acuerdos con algunos acreedores y que estos acuerdos se extiendan a la totalidad de los acreedores. También permite resolver determinados contratos a los que la empresa se ve sujeto, o forzar el mantenimiento de otros contratos. Durante el concurso, las deudas no devengan intereses y no se pueden instar ejecuciones contra el patrimonio de la empresa. También se puede vender la unidad productiva a un tercero. Estas medidas permiten a la empresa tener algo de oxígeno para superar un bache y poder continuar con su actividad empresarial.
Importancia de solicitarlo a tiempo: Es mejor plantearse la posibilidad de presentar un concurso y empezar a prepararlo con tiempo que esperar a que la empresa ya no tenga ni siquiera tesorería. El concurso presentado a tiempo permite al administrador concursal intentar salvar la actividad empresarial o, en caso de que no sea posible, liquidar la empresa ordenadamente y evitar así que se declare la culpabilidad.
Diferencia con la liquidación de la empresa: La empresa se puede liquidar sin acudir a un concurso cuando el activo sea suficiente para pagar el pasivo. Es decir, cuando veamos que la venta del activo es suficiente para pagar todas las deudas. En otro caso, si vemos que el activo en liquidación no va a ser suficiente para pagar todas las deudas, tenemos que acudir a un concurso de acreedores.
Consecuencias de no solicitarlo: Si no se solicita el concurso, los acreedores pueden pedir responsabilidad personal de los administradores sociales. Algunos acreedores, como Hacienda o la Seguridad Social, pueden derivar responsabilidad contra los administradores en vía administrativa, sin necesidad de acudir a un juicio. Si el concurso se presenta demasiado tarde, los administradores pueden tener que responder por las consecuencias de ese retraso.
¿Qué hay que hacer antes de presentar un concurso de acreedores?
Revisar que la empresa cumple con todos los requisitos formales de un empresario: La empresa debe tener los libros de actas y de socios al día y legalizados en el Registro Mercantil. Es una obligación formal que en pequeñas empresas no suele cumplirse y es importante que antes de presentar el concurso se ponga al día. También deben legalizarse los libros contables.
Actualizar la contabilidad: Antes de presentar el concurso es muy importante revisar la contabilidad de la empresa y actualizar y corregir los posibles defectos e incorrecciones. Por ejemplo, las amortizaciones pueden haberse aplicado de forma incorrecta, o los deterioros y provisiones. Hay partidas que habrá que explicar detalladamente al administrador concursal, como los activos intangibles, el fondo de comercio, las deudas y créditos con socios y empresas vinculadas, etc.
Analizar las operaciones realizadas en los dos años anteriores: En el concurso, el administrador concursal va a revisar las operaciones realizadas en los dos años anteriores, ya que puede pedir la reintegración de los bienes y derechos que hayan salido indebidamente de la empresa. Por eso, es muy importante anticiparse y revisar este periodo, para que luego no aparezcan sorpresas como operaciones con los socios o partes vinculadas que, siendo legítimas, no se pueden justificar cuando el administrador concursal nos pregunta.
Analizar los posibles supuestos de responsabilidad de los administradores: En la Ley Concursal se prevé la calificación culpable y consecuente responsabilidad de los administradores, por una serie de causas. Es importante revisarlas una a una antes de solicitar el concurso y asegurarse de que no concurren.
Analizar la situación de los trabajadores y tomar decisiones: Una de las cosas que más va a preocupar al administrador concursal es la situación de los trabajadores. Ningún administrador desea que se puedan ver más perjudicados de lo que toque. Por eso, hay que plantearse si se mantiene toda la plantilla, sólo una parte, si se solicita un ERTE o ERE antes del concurso, o después. Si se adoptan medidas antes del concurso, las indemnizaciones que se devenguen serán crédito concursal. Si se llevan a cabo después, serán crédito contra la masa. Si dejamos que sea el administrador concursal quien tome las decisiones, puede ser ya tarde y se pueden devengar salarios innecesarios que reduzcan la ya exigua tesorería de la sociedad. Por eso, es muy importante analizar la situación de los trabajadores y tomar decisiones que luego se puedan explicar y defender delante del administrador concursal y de los propios trabajadores.
Tratar de que haya tesorería para los gastos que tendrá que afrontar el administrador concursal: El concurso, una vez declarado, genera unos gastos que se denominan créditos contra la masa. Son todos los gastos generados con posterioridad a la declaración de concurso. Estos créditos contra la masa se pagan por orden de su devengo y antes de pagar a los acreedores concursales (las deudas anteriores a la declaración de concurso). Los primeros créditos contra la masa que se generan son los salarios de trabajadores por los últimos treinta días, los honorarios del administrador concursal, los honorarios del abogado y procurador de la concursada, y los de la gestoría que lleve la contabilidad. Por desgracia, en muchas ocasiones se presentan los concursos sin nada de tesorería, ni siquiera para pagar estos gastos. Ello hace que el administrador concursal tenga un grave problema porque, no sólo no va a poder cobrar, sino que no va a poder pagar al gestor que lleva la contabilidad, los impuestos, nóminas, etc., ni otros gastos como alquileres, suministros, etc. De manera que tiene que darse mucha prisa para cortar en la medida de lo posible todos estos gastos. Si presentamos el concurso a tiempo, con tesorería suficiente para que el administrador concursal pueda hacer su trabajo, pudendo pagar los gastos que se generen, facilitamos su trabajo.
¿Cuáles son las fases principales del concurso y qué hay que hacer durante su tramitación?
Fase previa: Según el caso y la situación de la empresa, puede ser recomendable acudir a las herramientas preconcursales, que son la comunicación de negociaciones con los acreedores y los planes de reestructuración. Ambos tienen como finalidad evitar el inicio del procedimiento concursal. Con la comunicación del inicio de las negociaciones con los acreedores, la empresa consigue principalmente dos cosas: un periodo de tres meses durante el cual los acreedores no podrán solicitar el concurso necesario ni seguir ejecuciones contra el patrimonio de la empresa, y evitar incurrir en responsabilidad por retraso en la solicitud de concurso. Con los planes de reestructuración, la empresa puede evitar el concurso, alcanzando un acuerdo con los acreedores. La principal ventaja es que se puede alcanzar acuerdos que afecten a todos los acreedores con la aprobación de acreedores que representen una minoría del pasivo.
Primera fase: Fase común. En esta primera fase, el administrador concursal tiene que emitir un informe en el que, principalmente, determina cuál es el activo a valor razonable de la concursada (dependiendo de si sigue en funcionamiento o va a liquidación), y cuál es el pasivo o lista de acreedores, clasificando a los mismos en privilegiados, ordinarios y subordinados. En esta fase, la concursada y sus abogados facilitan al administrador concursal toda la información y documentación que necesite, y colaboran con él en la ejecución de decisiones.
Segunda fase: Convenio o liquidación. Si la empresa tiene posibilidades de continuar con su actividad, se buscará un convenio con los acreedores en el que la empresa concursada se podrá beneficiar de quitas (condonaciones de su deuda) y esperas (aumento del plazo para pagar). Si la empresa no tiene posibilidades de continuar, se procede a la venta del activo y al pago del pasivo, previa deducción de los créditos contra la masa, y en la medida que el activo alcance para ello. En estas fases, la concursada y sus abogados colaboran con la administración concursal negociando con los acreedores un posible convenio o, si se va a una liquidación, buscando posibles compradores para los distintos elementos del activo.
Tercera fase: Calificación. En esta fase, el administrador concursal emitirá un informe en el que hará una valoración de las causas del concurso, de la fecha en la que se debía haber presentado, y de si los administradores sociales tienen responsabilidad por la generación o agravación del estado de insolvencia. Ello dará lugar a una demanda y a un incidente concursal, es decir, un pleito dentro del concurso que se tramitará ante el mismo Juez del concurso, para decidir si los administradores tienen que responder con su propio patrimonio y el importe de dicha responsabilidad.
Cuarta fase: Archivo. Acabado todo lo anterior, el administrador concursal emite un nuevo informe de rendición de cuentas y solicitando el archivo del procedimiento, que se inscribirá en el Registro Mercantil, extinguiendo de forma definitiva a la concursada del tráfico mercantil.
Casos especiales: el concurso exprés.
En los casos en que el activo de la concursada no alcance ni siquiera para pagar los créditos contra la masa, se puede solicitar el concurso sin masa o concurso exprés. Puedes encontrar más información aquí. El concurso sin masa es una muy buena opción para evitar los tiempos y costes de un procedimiento judicial. Si se maneja correctamente, es la mejor opción para muchas empresas. Se trata de liquidar la empresa extrajudicialmente y luego solicitar el concurso sin masa al Juzgado, para obtener una resolución judicial que se pueda inscribir en el Registro Mercantil. A pesar de que hay muchas voces críticas con este procedimiento, por considerarlo terreno abonado al fraude, se puede hacer todo con total transparencia y sin incurrir en responsabilidad. Para ello, se adopta un acuerdo de disolución y liquidación, se nombra un liquidador, y se procede a la venta del activo de la sociedad de forma pública y transparente, se cancelan los contratos de suministros, etc., se extinguen los contratos de los trabajadores, y luego se realizan los pagos a los acreedores de la misma forma que se haría en un concurso y con un administrador concursal. La diferencia es clara: en vez de depender de un administrador concursal y de los tiempos del Juzgado, se liquida la empresa en pocos meses y con menos costes. Y luego se solicita el concurso sin masa dando explicaciones de todas las operaciones efectuadas.
¿En qué te podemos ayudar y en qué nos diferenciamos?
En Giménez-Salinas llevamos años dedicándonos a los concursos de acreedores y a los conflictos de empresa. No sólo como abogados, sino también como administradores concursales. Ello hace que, cuando actuamos como abogados, entendamos a la perfección el papel del administrador concursal, lo que le preocupa, lo que necesita de nosotros, y lo que va a tener en cuenta para valorar la posible responsabilidad de los administradores sociales. Por eso insistimos en hacer un trabajo previo con la empresa que se plantea solicitar el concurso, de manera que esté toda la documentación bien preparada y la situación de la empresa sea la óptima para alcanzar los objetivos que se planteen. Creemos que el verdadero trabajo del abogado concursalista está antes de solicitar el concurso en el Juzgado.
Además, contamos con abogados y economistas especialistas en todas las disciplinas que en un concurso de acreedores son imprescindibles: mercantil, laboral, fiscal, y contable.
Para más información o asesoramiento pueden ponerse en contacto con info@gimenezsalinas.es.





