Cuando una empresa gana una licitación pública, la emoción inicial muchas veces se mezcla con la presión y responsabilidad de lo que viene a continuación: la firma del contrato de adjudicación y la ejecución del proyecto. En este punto, ya no se trata solo de competir y ofrecer el mejor precio o la mejor propuesta técnica, sino de cumplir un acuerdo legal con el órgano público, bajo reglas claras, exigentes y muchas veces inflexibles.
Este contrato, aunque se celebra entre una entidad pública y un privado, no es un contrato cualquiera. Está sujeto a normas de derecho público, se encuentra bajo la lupa de organismos de control y, en muchos casos, tiene implicaciones jurídicas mucho más serias que los contratos comerciales ordinarios.
Uno de los aspectos más importantes que debe tener en cuenta toda empresa contratista es que, al firmar este contrato, asume una responsabilidad legal y económica frente al órgano público, representada en plazos, obligaciones técnicas, estándares de calidad y, sobre todo, en el manejo adecuado de recursos públicos. Todo esto bajo supervisión permanente y con posibles consecuencias legales en caso de incumplimiento.
Tabla de Contenidos
¿Qué es un contrato de adjudicación pública?
El contenido del contrato público suele estar predeterminado por los pliegos de la licitación. Allí se define con exactitud qué debe hacer la empresa adjudicataria, en cuánto tiempo, con qué recursos, y en qué condiciones de calidad y entrega. Además, se establecen los mecanismos de pago, que muchas veces están condicionados al cumplimiento de entregas parciales, al visto bueno de un interventor o a la presentación de informes técnicos y financieros.
También es obligatorio que la empresa contratista presente garantías, que suelen materializarse en una fianza, aval bancario o seguro de caución. Estas garantías no son una formalidad: si la empresa no cumple, la entidad pública puede ejecutarlas directamente, afectando gravemente las finanzas de la contratista.
Además, los contratos públicos casi siempre contemplan un régimen de sanciones y penalidades.
Por ejemplo, si la empresa se atrasa en las entregas, no cumple con los estándares acordados o comete errores técnicos, puede ser sancionada con multas que se descuentan directamente de sus pagos, o incluso puede enfrentar la terminación anticipada del contrato, con todas las pérdidas que eso implica.
Otro aspecto importante es que la empresa no está sola durante la ejecución del contrato. La Administración contratante suele designar a un supervisor o interventor que actúa como representante de la entidad y tiene facultades para autorizar, observar, aprobar o rechazar actividades. El trato con estos supervisores debe ser serio, documentado y continuo, ya que sus informes muchas veces determinan si la empresa cobra, si se le extiende un plazo o si se le impone una sanción.
Cláusulas y términos legales clave
Una vez adjudicado el proceso, el contrato formal que se firma incluye, entre otras, las siguientes cláusulas:
- Objeto contractual
Detalla exactamente qué debe entregar o ejecutar la empresa contratista, incluyendo especificaciones técnicas, planos, entregables, metas parciales, materiales, metodologías y estándares de calidad.
- Plazo de ejecución
Establece el tiempo máximo para cumplir con el objeto del contrato, desde el acta de inicio hasta el acta de cierre. Deben considerarse los plazos para prórrogas, suspensión del contrato y las condiciones para reprogramación de actividades.
- Valor y forma de pago
Define el monto total del contrato, el cronograma de pagos, posibles anticipos, condiciones de facturación, revisión de precios y requisitos para desembolsos.
- Garantías contractuales:
Son obligatorias en contratos públicos. Incluyen:
- Garantía de cumplimiento del contrato.
- Garantía de calidad de obra o servicio.
- Régimen sancionador
Cláusulas que prevén multas, penalidades y sanciones por incumplimiento parcial, tardío, defectuoso o total.
- Supervisión
En los contratos públicos, la entidad estatal puede designar un interventor con facultades de inspección, evaluación, y autorización de entregables o pagos.
- Modificaciones contractuales
El contrato debe establecer en qué condiciones se pueden modificar precios, plazos o condiciones técnicas, y si debe tramitarse un otro sí o adenda.
Obligaciones de la empresa contratista
Al firmar un contrato público, la empresa adjudicataria asume responsabilidades que trascienden el ámbito comercial, ya que involucra recursos públicos y control fiscal. Algunas de las principales obligaciones son:
- Cumplimiento integral del objeto contractual
La empresa debe ejecutar exactamente lo pactado, en calidad, cantidad, tiempo y forma, según lo definido en el contrato y los pliegos de condiciones.
- Atención a los entes de control
La empresa debe estar dispuesta a atender auditorías, requerimientos y fiscalizaciones de organismos como la Contraloría, tribunales administrativos o comisiones de contratación.
- Conformación de consorcios y subcontratistas
Si se participa como unión temporal o consorcio, cada empresa asume responsabilidad solidaria. Además, todo subcontrato debe estar autorizado y registrado ante la entidad estatal.
¿Y si no se cumple el contrato?
El incumplimiento de un contrato con una entidad publica puede salir muy caro. Además de perder el negocio, la empresa puede enfrentar la ejecución de las garantías que presentó como respaldo, lo que genera perjuicios financieros inmediatos. También puede ser inhabilitada para volver a contratar con el mismo organismo público, lo cual puede significar el fin de sus oportunidades de negocio en el sector público por años.
Pero el riesgo no se queda allí. Si el incumplimiento fue grave o deliberado, si hubo falsedad, fraude o mal manejo de recursos públicos, los representantes legales de la empresa podrían incluso enfrentar procesos penales.
Conclusión
Contratar con el sector público puede ser muy rentable, pero también implica riesgos altos. Por eso, no basta con ganar una licitación: hay que ejecutar el contrato con seriedad, legalidad y respaldo profesional. Un error, una omisión o un incumplimiento puede costar no solo dinero, sino también reputación, credibilidad y oportunidades futuras.
El presente artículo es meramente divulgativo y no supone asesoramiento. Para más información: info@gimenez-salinas.es